AUTOCONSUMO COLECTIVO Y COMUNIDADES DE ENERGÍA. ¿SON LO MISMO?
En nuestra anterior entrada hicimos una introducción al concepto de comunidad energética y, en esta ocasión vamos a tocar otro tema que en no pocas ocasiones crea confusión entre los promotores y afecta a la viabilidad del proyecto.
En algunos documentos se habla de autoconsumo y comunidades de propietarios por un lado; y de comunidades de energía por otro, pero los términos son usados de una forma confusa, y sin establecer unos límites y diferencias claros entre unos y otros.
Si una comunidad de propietarios decide instalar unas placas para autoconsumo colectivo, sea éste con o sin vertido a la red ¿se convierte en una comunidad de energía?.
La respuesta es NO y ello por los siguientes motivos:
- Para ser una comunidad de energía se necesita tener personalidad jurídica, y las comunidades de propietarios carecen de ella.
- En el autoconsumo colectivo, en el caso de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociada, se exige que estén conectados tanto la generación como los consumos, en baja tensión y a una distancia entre ellos inferior a 500 metros.
- En las comunidades de energía, sólo en el caso de las comunidades de energía renovable se exige que los “socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables que sean propiedad de dicha entidad jurídica”, sin que se haya definido qué distancia se considera dentro del concepto de proximidad, si bien podría tratarse de 20 o 30 km.
¿Sería recomendable que las comunidades de propietarios se constituyesen en comunidades energéticas?
Mientras el único fin sea el autoconsumo, no es recomendable, ya que una comunidad energética al adoptar una determinada forma jurídica debe cumplir con las obligaciones legales inherentes para dicha entidad (cuentas anuales, adopción de acuerdos, reparto de beneficios, obligaciones fiscales…).
En el caso de las comunidades de propietarios lo más importante será contar con un buen contrato que regule todo el procedimiento, de inicio a fin, incluidos los trámites ante la administración, pruebas de puesta en marcha, garantías…
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@carmencallaobuatas