Según el artículo 27 del RGPD de la UE, si su organización no tiene presencia comercial en Europa (los 27 estados miembros de la Unión Europea, así como Islandia, Noruega y Liechtenstein en el Espacio Económico Europeo), debe designar una UE. representante si:

  • Ofrece bienes o servicios a particulares en Europa; o
  • Supervisar el comportamiento de las personas en Europa.