Garantías financieras de agentes y negociantes de residuos.
1.- TIPOS DE GARANTÍAS:
El 1 de abril se publicó el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos que establecía la obligación de constituir tres tipos de garantías:
1. La fianza constituida por el sujeto obligado, para responder frente a la administración de sus compromisos.
2. El seguro de responsabilidad civil, o la garantía financiera equivalente, contratado por parte del sujeto obligado, para responder ante terceros de la responsabilidad civil que pueda exigírsele deberá permitir, llegado el caso, atender las indemnizaciones que pudieran corresponderle.
3. Las garantías financieras que deban ser formalizadas para cubrir la responsabilidad medioambiental según lo previsto en la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
2.- SUJETOS OBLIGADOS A CONSTITUIR LAS GARANTÍAS:
Las garantías pueden ser exigibles a los productores de residuos, a los gestores de residuos, incluidos los transportistas, los agentes y los negociantes, a los sistemas de responsabilidad ampliada, por cuenta de los productores de producto sometidos a la misma, y a cualquier otro sujeto que venga obligado a su constitución, en virtud de dichas normas.
En el caso de gestores que realizan una o varias operaciones de tratamiento de residuos sin instalación asociada, así como a agentes, negociantes, transportistas y sistemas de responsabilidad ampliada del productor, que se conceden por el órgano ambiental competente de la comunidad autónoma donde tengan su domicilio social y que son válidas en todo el territorio nacional, la garantía se presentará ante dicha autoridad, y surtirá efectos en todas las comunidades en las que opere el sujeto obligado.
3.- DEPÓSITO DE LA GARANTÍA:
La fianza se constituirá ante las cajas de depósitos u órganos que determine la autoridad competente.
4.- IMPORTES DE LAS GARANTÍAS:
1- Los importes de la fianza para agentes, negociantes y otros sujetos obligados:
– Residuos peligrosos, para agentes: importe de la fianza 15.000 €.
– Residuos peligrosos, para negociantes:
• Importe de la fianza (en euros) = 8.000 € + Importe variable en función del volumen anual, declarado en la comunicación, de residuos peligrosos a negociar.
• Importe variable para un volumen de negocio declarado (t /año) de hasta 300 t: 100 €/t.
• Importe variable para un volumen de negocio declarado (t/año) superior a 300 t: 100 €/t por las primeras 300 t y 10 € por cada tonelada adicional.
– Residuos no peligrosos: Importe de la fianza 7.000 €.
2- En el caso del seguro de responsabilidad civil de gestores de residuos no peligrosos, con instalaciones de superficie menor o igual a 5.000m2 o capacidad de almacenamiento menor o igual a 200t, transportistas, agentes, negociantes y productores: 450.000 €.